MI PUNTO DE VISTA.....POR HUMBERTO SALINAS S.
IMPROCEDENTE COBRO POR IMPUESTO DE NOMINAS EN COAHUILA...
Igual puede suceder en el estado de Nuevo Leon y el de Tamaulipas, cuando se cobra impuestos estatales a quienes hacen pagos por conceptos que no se consideran salarios u honorarios....en el buen sentido de la palabra y en su significado..
por ejemplo, las autoridades de Coahuila cobran desde el 2012, un impuesto de nominas por conceptos que las empresas no consideran salarios.....como algunas comisiones que se les paga a los trabajadores cuando aparte de recibir el salario, se les entrega como extraordinario, el pago por las comisiones mencionadas.....ellos estan ciertos en pagar el impuesto sobre nominas a los pagos que se les hace a los trabajadores por el trabajo realizado, mas n o por las comisiones que pudieran bien ser consideradas salarios por realizar un trabajo fuera de su labor normal...pero ellos asi lo consideraron y fueron amparados para no pagar el citado impuesto por el concepto de comisiones.
aqui en Tamaulipas, estan considerando desde el pasado 2012, cob rar impuesto sobre nominas a las cantidades que los miembros de sociedades civiles o asociaciones civiles den a sus socios, lo mismo lo que reciben las sociedades cooperativas.
resulta que el articulo 110, de la ley del ISR, dice que considera sujetos al capitulo I del titulo V de la citada ley, a quienes perciban pagos por los conceptos ( que la ley no considera salarios puros) de pago por rendimientos que perciben losmiembros de tales sociedades...y como no pudo el legislador meterlos en otro capitulo ( escribi hace años un libro denominado SOCIEDADES COOPERATIVAS 25 AÑOS DE INDEFINICIONES FISCAL Y CONTABLE ), porque sus origenes no son salarios, dijo, pues metelos alli, dando a entender que se ASIMILAN o se asemejan a salarios los rendimientos que se les pague a tales socios o miembros de sociedades cooperativas o sociedades o asociaciones civiles.
y ahora el estado, viendo de donde obtener mas ingresos, dijose a si mismo....pues le voy a cobrar a los tales socios o miembros, un impuesto sobre NOMINAS por tales rendimientos percibidos...y habra quienes se amparen contra tal disposición..
Mire cuando yo daba clases en el Tec me enfrasque con algunos distinguidos miembros del colegio de Contadores de Monterrey, porque la ley laboral decia que era parte del salario el importa pagado por prima dominical o prima vacacional...yo les decia, que si la ley decia eso, la contabilidad no tenia porque considerarlos como tales, porque eran originados por una disposición de ley, Y NO POR EL ESFUERZO QUE EL OBRERO REALIZABA...por tanto perdia su verdadero origen de salario o derivado del mismo.
y no tenia porque considerarse como CARGOS INDIRECTOS O MANO DE OBRA INDIRECTA...
en fin...asi quedo el asunto...y ahora la ley fiscal estatal, considera objeto de gravamen e.l importe que se les entrega a los miembros de sociedades civiles o asociaciones civiles y cooperativas, por el hecho de pertenecer a ellas, comodirectivos...pero no por el esfuerzo realizado...aunque hay socios o miembros que SI LABORAN pero no todo lo que obtienen de las empresascitadas, provienen del esfuerzo, sino por la calidad de ser socios o miembros directivos...
TOTAL...ni yo me entiendo porque me apasiono con estos temas que casi logro dominar tratandose de leyesfiscales....
pero entiendase que la ley federal ISR considera que son honorarios percibidos, aunque los grava en el capitulo de salarios...usted le entiende a eso?..y el estado, siguiendo ese ejemplo de confusión, grava por el impuesto de nominas tales percepciones obtenidas por los socios o miembros de sociedades civiles y cooperativas o asociaciones civiles...
saludos a usted que me lee...
AY POLITICA...ERES PASION DESMEDIDA....AMBICION DESATADA..BOCHORNO PUBLICO...
si todos los politicos pudieran escribir sus memorias de actos , pensamientos y hechos derivados de la acción politica que a diario realizan, estuvieran en estos momentos en las bibliotecas los libros mas voluminosos que se pueda conocer.....es que quien es politico, o pretende hacer politica, se mete en cada brete que solo ellos le entienden..
PARA QUE TANTO ARGUENDE PORQUE LOS MIEMBROS DEL PODER ELECTORAL, VINIERON A QUITAR UNOS PENDONES O PEGOTES QUE PUBLICITABAN LA FIGURA DE UN POLITICO, QUE NO ESTABASEGUN EL HACIENDO POLITICA...pero que los que conocemos de eso, si esta haciendo politica...y si las leyes dicen que no debes hacer actividades proselitistas que lleven a pensar en hacer politica...pues cumple y ya...tengas o no tengas ganada una elección, que estaria por verse porque solo DIOS PADRE puede preverr tal situación...
solo seria cuestion de tiempo para que se demuestre el tal poder de triunfar...ah...pero requieren de hacer arguende....maroma y teatro...y periodicos afines se prestan y se aprestan a afilar cuchillos ....usted sabe, la ganancia alli esta cuando alguien se afilia a tus ideas, pretende siempre ganar de lo que tu ganes....le entendio usted a esta mi sesuda reflexión?...PUES YO NO...que tenga buen dia....saludos a usted y gracias por leerme...
IMPROCEDENTE COBRO POR IMPUESTO DE NOMINAS EN COAHUILA...
Igual puede suceder en el estado de Nuevo Leon y el de Tamaulipas, cuando se cobra impuestos estatales a quienes hacen pagos por conceptos que no se consideran salarios u honorarios....en el buen sentido de la palabra y en su significado..
por ejemplo, las autoridades de Coahuila cobran desde el 2012, un impuesto de nominas por conceptos que las empresas no consideran salarios.....como algunas comisiones que se les paga a los trabajadores cuando aparte de recibir el salario, se les entrega como extraordinario, el pago por las comisiones mencionadas.....ellos estan ciertos en pagar el impuesto sobre nominas a los pagos que se les hace a los trabajadores por el trabajo realizado, mas n o por las comisiones que pudieran bien ser consideradas salarios por realizar un trabajo fuera de su labor normal...pero ellos asi lo consideraron y fueron amparados para no pagar el citado impuesto por el concepto de comisiones.
aqui en Tamaulipas, estan considerando desde el pasado 2012, cob rar impuesto sobre nominas a las cantidades que los miembros de sociedades civiles o asociaciones civiles den a sus socios, lo mismo lo que reciben las sociedades cooperativas.
resulta que el articulo 110, de la ley del ISR, dice que considera sujetos al capitulo I del titulo V de la citada ley, a quienes perciban pagos por los conceptos ( que la ley no considera salarios puros) de pago por rendimientos que perciben losmiembros de tales sociedades...y como no pudo el legislador meterlos en otro capitulo ( escribi hace años un libro denominado SOCIEDADES COOPERATIVAS 25 AÑOS DE INDEFINICIONES FISCAL Y CONTABLE ), porque sus origenes no son salarios, dijo, pues metelos alli, dando a entender que se ASIMILAN o se asemejan a salarios los rendimientos que se les pague a tales socios o miembros de sociedades cooperativas o sociedades o asociaciones civiles.
y ahora el estado, viendo de donde obtener mas ingresos, dijose a si mismo....pues le voy a cobrar a los tales socios o miembros, un impuesto sobre NOMINAS por tales rendimientos percibidos...y habra quienes se amparen contra tal disposición..
Mire cuando yo daba clases en el Tec me enfrasque con algunos distinguidos miembros del colegio de Contadores de Monterrey, porque la ley laboral decia que era parte del salario el importa pagado por prima dominical o prima vacacional...yo les decia, que si la ley decia eso, la contabilidad no tenia porque considerarlos como tales, porque eran originados por una disposición de ley, Y NO POR EL ESFUERZO QUE EL OBRERO REALIZABA...por tanto perdia su verdadero origen de salario o derivado del mismo.
y no tenia porque considerarse como CARGOS INDIRECTOS O MANO DE OBRA INDIRECTA...
en fin...asi quedo el asunto...y ahora la ley fiscal estatal, considera objeto de gravamen e.l importe que se les entrega a los miembros de sociedades civiles o asociaciones civiles y cooperativas, por el hecho de pertenecer a ellas, comodirectivos...pero no por el esfuerzo realizado...aunque hay socios o miembros que SI LABORAN pero no todo lo que obtienen de las empresascitadas, provienen del esfuerzo, sino por la calidad de ser socios o miembros directivos...
TOTAL...ni yo me entiendo porque me apasiono con estos temas que casi logro dominar tratandose de leyesfiscales....
pero entiendase que la ley federal ISR considera que son honorarios percibidos, aunque los grava en el capitulo de salarios...usted le entiende a eso?..y el estado, siguiendo ese ejemplo de confusión, grava por el impuesto de nominas tales percepciones obtenidas por los socios o miembros de sociedades civiles y cooperativas o asociaciones civiles...
saludos a usted que me lee...
AY POLITICA...ERES PASION DESMEDIDA....AMBICION DESATADA..BOCHORNO PUBLICO...
si todos los politicos pudieran escribir sus memorias de actos , pensamientos y hechos derivados de la acción politica que a diario realizan, estuvieran en estos momentos en las bibliotecas los libros mas voluminosos que se pueda conocer.....es que quien es politico, o pretende hacer politica, se mete en cada brete que solo ellos le entienden..
PARA QUE TANTO ARGUENDE PORQUE LOS MIEMBROS DEL PODER ELECTORAL, VINIERON A QUITAR UNOS PENDONES O PEGOTES QUE PUBLICITABAN LA FIGURA DE UN POLITICO, QUE NO ESTABASEGUN EL HACIENDO POLITICA...pero que los que conocemos de eso, si esta haciendo politica...y si las leyes dicen que no debes hacer actividades proselitistas que lleven a pensar en hacer politica...pues cumple y ya...tengas o no tengas ganada una elección, que estaria por verse porque solo DIOS PADRE puede preverr tal situación...
solo seria cuestion de tiempo para que se demuestre el tal poder de triunfar...ah...pero requieren de hacer arguende....maroma y teatro...y periodicos afines se prestan y se aprestan a afilar cuchillos ....usted sabe, la ganancia alli esta cuando alguien se afilia a tus ideas, pretende siempre ganar de lo que tu ganes....le entendio usted a esta mi sesuda reflexión?...PUES YO NO...que tenga buen dia....saludos a usted y gracias por leerme...
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